Consulta y comparte si tu ayuntamiento en España bonifica el impuesto de circulación para vehículos eléctricos
Para mantener la fiabilidad de la información comunitaria, debes estar identificado para registrar la bonificación de tu ayuntamiento.
Iniciar sesión con Google| Provincia | Municipio | Bonificación | Fecha sabida | Observaciones |
|---|---|---|---|---|
| Alicante | Nucia, la | 0% | 27/07/2026 | - |
| Alicante | Pilar de la Horadada | 0% | 02/08/2026 | - |
| Barcelona | Terrassa | 75% | 24/08/2026 | 75% los dos primeros años, 50% los restantes |
| Jaén | Jaén | 0% | 11/08/2026 | Había bonificación hasta el año 2025, eliminada en 2026 |
Genera e imprime una instancia General formal para solicitar a tu consistorio la implantación del 75% de bonificación según el art. 95.6 TRLRHL.
El impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM) es de competencia municipal. Según el art. 95.6 del real decreto legislativo 2/2004 (ley reguladora de las haciendas locales), los ayuntamientos pueden acordar una bonificación de hasta el 75% en la cuota para vehículos eléctricos o de cero emisiones.