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Introduce la composición de tu hogar, ingresos anuales y patrimonio. El cálculo se realiza en tu navegador de forma 100 % privada y confidencial.
Según los datos introducidos, tu unidad de convivencia se sitúa por debajo del umbral de renta garantizada y dentro de los límites de patrimonio.
| Concepto legal | Tu situación | Límite o baremo oficial | Estado |
|---|---|---|---|
| Renta garantizada IMV | 0,00 €/año | 0,00 €/año | Apto |
| Patrimonio neto máximo | 0,00 € | 0,00 € | Apto |
| Límite renta para CAPI | 0,00 €/año | 0,00 €/año (300 %) | Apto |
| Requisitos administrativos | 3 de 3 cumplidos | Residencia, edad y demanda de empleo | Cumple |
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es un derecho subjetivo de la Seguridad Social regulado por la Ley 19/2021, de 20 de diciembre. Su objetivo es prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos básicos para cubrir sus necesidades vitales.
Se tienen en cuenta los rendimientos del trabajo por cuenta ajena, rendimientos de actividades económicas (autónomos), prestaciones contributivas y no contributivas, subsidios de desempleo, rentas inmobiliarias y rendimientos del capital mobiliario percibidos durante el ejercicio fiscal anterior. No computan las becas de estudio, las ayudas de emergencia social autonómicas o locales ni el propio IMV.
El CAPI se abona a los beneficiarios del IMV con menores a cargo y también a familias que, aun no teniendo derecho al IMV por superar los ingresos mínimos, se encuentren por debajo del 300 % de la renta garantizada y cumplan el límite de patrimonio. Las cuantías fijadas son de 115 €/mes para menores de 3 años, 80,50 €/mes para niños de 3 a 6 años, y 57,50 €/mes de 6 a 18 años.
Si un beneficiario del IMV comienza a trabajar o incrementa sus ingresos salariales, la Seguridad Social aplica una exención parcial para que el aumento de sueldo no suponga una reducción euro a euro de la prestación. Esta medida premia la incorporación laboral y garantiza que siempre resulte más ventajoso trabajar que no hacerlo.
Las cuantías del IMV se revisan anualmente conforme al índice de revalorización de las pensiones no contributivas fijado en los Presupuestos Generales del Estado o mediante Real Decreto-ley a primeros de año, consolidando su poder adquisitivo frente a la inflación.
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El IMV se solicita directamente ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a través de la sede electrónica con o sin certificado digital, o presencialmente con cita previa.