Calculadora del baremo de dependencia

Ley de Dependencia en España • BVD oficial, grados y ayudas SAAD
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Evaluación de grado y ayudas económicas

Simula de antemano el dictamen oficial del evaluador público según las 10 actividades básicas de la vida diaria (ABVD). Tus respuestas se procesan de forma privada en tu propio navegador.

RD 174/2011 • RD 675/2023
Cargar caso de ejemplo:
38 puntos BVD
0 (Autónomo) 25 (G.I) 50 (G.II) 75 (G.III) 100
Grado I: Dependencia moderada

Grado I: Dependencia moderada

Necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente para su autonomía.

Horas ayuda a domicilio (SAD) 20 a 37 h / mes Atención profesional en hogar
Paga cuidador familiar (PECEV) 180,00 € / mes Libre de IRPF
Subvención residencia (PEVS) 313,50 € / mes Centro acreditado

Deterioro cognitivo o demencia diagnosticada (Alzheimer, ictus, senil)

El Real Decreto 174/2011 establece una ponderación especial para personas con deterioro mental o demencia: la necesidad de supervisión y estímulo verbal computa con mayor peso en la puntuación final que en personas con limitaciones estrictamente físicas.

€ / mes
Referencia oficial: IPREM fijado en 600,00 €/mes (7.200 €/año en 12 pagas).
En Grado II, el tope mensual de centro de día es de 445,30 € y en residencia de 747,25 €.

Comunidad de Madrid

Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia

1

Solicitud y cita con la trabajadora social

Pide cita en los Servicios Sociales Municipales de tu ayuntamiento o centro de salud. Se entrega el modelo oficial de solicitud junto con el informe médico de salud del Servicio Público.

2

Visita del valorador público oficial a domicilio

Un profesional sanitario o trabajador social de la Comunidad Autónoma acudirá al domicilio de la persona mayor para aplicar el Baremo BVD in situ y observar su entorno real de convivencia.

3

Resolución de grado de dependencia

La Consejería dicta resolución reconociendo formalmente si la persona tiene Grado I, II o III. Dispone de un plazo legal máximo de 6 meses desde la solicitud para resolver.

4

Elaboración del PIA (Programa Individual de Atención)

Junto con la trabajadora social, se decide la modalidad más adecuada: prestación económica para el cuidador familiar, plaza en residencia, centro de día o teleasistencia con servicio de ayuda a domicilio.

Documentación obligatoria para la solicitud

¿Cómo evalúa el BVD a una persona mayor?

El Baremo de Valoración de la Situación de Dependencia (BVD) está regulado por el Real Decreto 174/2011. No juzga los diagnósticos médicos en abstracto, sino cómo influyen en la capacidad real de la persona para desenvolverse en 10 tareas cotidianas esenciales.

Cada tarea tiene asignado un peso proporcional y se analiza si el mayor es autónomo o si requiere supervisión, ayuda física parcial o ayuda física total. En caso de patologías cognitivas como el Alzheimer o demencias, el peso de la supervisión se multiplica automáticamente.

Derecho a retroactividad por retrasos

Por ley, la administración pública autonómica dispone de un plazo máximo improrrogable de seis meses para dictar y notificar la resolución de grado y el Programa Individual de Atención (PIA).

Si la administración sobrepasa ese plazo de 6 meses, la persona en situación de dependencia o sus herederos tienen pleno derecho a percibir los atrasos con carácter retroactivo calculados desde el día siguiente al cumplimiento del plazo.

Preguntas frecuentes sobre la Ley de Dependencia

¿Qué diferencia hay entre la PECEV y la PEVS?

La PECEV (Prestación económica para cuidados en el entorno familiar) es un pago directo al cuidador familiar (hijo/a, cónyuge, etc.) que convive y atiende al mayor. La PEVS (Prestación vinculada al servicio) es una subvención económica que se concede cuando no hay plaza pública disponible en una residencia o centro de día y la familia contrata una plaza privada debidamente acreditada.

¿Se puede compatibilizar la ayuda a domicilio con la teleasistencia?

Sí. La teleasistencia (medallón con botón de llamada 24 horas y atención inmediata del 112/SAMUR) es un derecho garantizado y totalmente compatible con el Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) y con las prestaciones económicas en todos los grados reconocidos.

¿Qué ocurre si la situación de salud del mayor empeora con el tiempo?

Siempre es posible solicitar una revisión de grado por agravamiento ante los Servicios Sociales. Se presenta una nueva solicitud adjuntando los informes médicos recientes que acrediten el deterioro funcional, sin necesidad de esperar plazos mínimos si ha habido un cambio sustancial (como una caída, fractura de cadera o ictus).