Calculadora de viabilidad por aforo y esfuerzo de alquiler

Rent-to-revenue, aforo CTE DB-SI y simulación en tres escenarios • Negocio
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Aforo normativo CTE DB-SI Tasa de esfuerzo: Límite 10-15% 3 escenarios: Pesimista, moderado y optimista

Calcula si el alquiler de tu local comercial es sostenible antes de firmar

El factor determinante que condena al cierre a un comercio físico es superar el 10-15 % de esfuerzo de alquiler sobre ventas brutas (*Rent-to-Revenue*). Cruza la superficie útil del local y su aforo legal según el Código Técnico de la Edificación con la rotación comercial para descubrir si el modelo genera beneficios o pérdidas en tres escenarios.

Cargar caso real de referencia:

1. Superficie útil y aforo legal normativo (CTE DB-SI)

Densidad oficial de personas por metro cuadrado según la Sección SI 3 del CTE.

CTE DB-SI 3 (Tabla 2.1): Uso Comercial en planta baja = 2 m² útiles/persona.
m²
Metros útiles interiores según catastro/plano.
75%
El resto (25%) corresponde a almacén, aseos y trastienda.

2. Coste de alquiler y gastos de ocupación

Gastos recurrentes ligados estrictamente a la tenencia del local físico.

€/mes
Renta neta antes de retenciones o IVA.
€/mes
Si el arrendador repercute estos gastos.

3. Modelo comercial, rotación y costes de personal

Estimación de afluencia, tickets medios y gastos operativos fijos.

€/cliente
Gasto medio por cliente o compra.
veces/día
Veces que se renueva el aforo total por día.
€/mes
Suma de sueldos brutos + cuota patronal.
€/mes
Luz, agua, internet, software, seguros.
%
Beneficio bruto tras pagar mercaderías.
días/mes
Habitualmente 26 días (lunes a sábado).
Aforo legal normativo simultáneo
33 personas
Sala: 67.5 m² útiles (75%) • Servicio/almacén: 22.5 m²
Densidad CTE: 2 m²/persona
Capacidad máx. teórica: 132 clientes/día (96.096 €/mes al 100%)

Simulación en tres escenarios comerciales

Evalúa las ventas, el beneficio operativo y la tasa de esfuerzo de alquiler en cada nivel de afluencia.

Pesimista (38% afluencia) Tensión (14.2%)
Ventas brutas: 36.517 €/mes (50 cl/día)
EBITDA operativo: 13.218 €/mes
Esfuerzo de alquiler: 6.1%
Moderado (65% estándar) Saludable (<10%)
Ventas brutas: 62.462 €/mes (86 cl/día)
EBITDA operativo: 26.191 €/mes
Esfuerzo de alquiler: 3.6%
Optimista (88% alta demanda) Saludable (<10%)
Ventas brutas: 84.564 €/mes (116 cl/día)
EBITDA operativo: 37.242 €/mes
Esfuerzo de alquiler: 2.6%

Recomendación para negociar la renta

Renta mensual máxima aconsejada (tope 10% ventas en escenario moderado):
6.246 €/mes

Renta dentro del rango saludable. El coste de alquiler actual no sobrepasa el umbral recomendado del 10% de las ventas proyectadas.

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Guía de viabilidad de locales comerciales: Aforo legal y esfuerzo de alquiler

Al emprender un negocio a pie de calle o en un centro comercial, el contrato de arrendamiento representa el compromiso financiero más pesado y de mayor duración que asume el comerciante. Equivocarse en la superficie, subestimar el aforo legal normativo o comprometerse con una renta que supera la tasa de esfuerzo aconsejada conduce al cierre antes de haber amortizado la inversión inicial en adecuación y reformas.

1. Qué es el ratio Rent-to-Revenue y por qué sentencia la vida de un negocio

El ratio Rent-to-Revenue (o ratio de esfuerzo de alquiler) mide el porcentaje de la facturación bruta del negocio que se destina exclusivamente a pagar el alquiler del inmueble y sus gastos asociados de comunidad e IBI:

Tasa de esfuerzo de alquiler (%) = (Coste total de ocupación mensual / Ventas brutas mensuales) × 100

Los estándares financieros de la consultoría inmobiliaria comercial (CBRE, JLL, Cushman & Wakefield) establecen tres zonas de control:

  • Menos del 10 % (Zona verde / Óptima): El modelo de negocio es saludable. Los márgenes comerciales absorben los costes de personal, seguros y suministros, dejando un beneficio neto recurrente para los socios.
  • Entre el 10 % y el 15 % (Zona ámbar / Tensión controlada): Habitual en calles comerciales de primer orden (calle prime). Exige una rotación continuada y que el coste laboral no supere el 30 % de las ventas. Cualquier caída prolongada de demanda genera tensiones de tesorería.
  • Superior al 15 % (Zona roja / Crítica): Alerta máxima de inviabilidad. El comerciante trabaja prácticamente como intermediario para el arrendador. Salvo márgenes brutos excepcionales (superiores al 80 %), el local consumirá la caja en pocos meses.

2. El aforo legal obligatorio según el Código Técnico de la Edificación (CTE DB-SI)

El Código Técnico de la Edificación (Real Decreto 314/2006), en su Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB-SI 3, Tabla 2.1), establece las densidades mínimas de ocupación que determinan el aforo máximo de cualquier local en España:

  • Uso Comercial en planta baja / calle: 2 m² útiles por persona en la zona destinada al público y ventas.
  • Uso Comercial en otras plantas (sótanos o plantas altas): 3 m² útiles por persona.
  • Pública concurrencia (cafeterías, bares y restaurantes): 1,5 m² útiles por persona en zonas con mesas y comensales (o 1,0 m² por persona si se trata de público de pie en barra).
  • Servicios personales (peluquería, masajes, centros de estética): 5 m² útiles por persona.
  • Gimnasios y salas deportivas: 2,5 m² útiles por persona.
  • Oficinas de atención al público: 10 m² útiles por persona.
Aforo legal máximo simultáneo = Parte entera de (Superficie de público / Densidad normativa CTE en m² por persona)

Este aforo no es negociable con el arrendador ni con el ayuntamiento. Condiciona directamente el número de extintores obligatorios, la anchura libre de las puertas de evacuación (mínimo 80 cm para menos de 50 personas, 90 cm a 120 cm si se supera) y el número de aseos exigidos por las ordenanzas municipales.

3. Por qué debes evaluar tres escenarios (Pesimista, Moderado y Optimista)

Muchos planes de empresa fracasan porque proyectan sus previsiones asumiendo que el local estará siempre a plena capacidad. La realidad comercial del comercio minorista y la hostelería oscila notablemente entre semanas de lluvia, festivos, olas de calor o meses estivales.

Un local verdaderamente viable debe mostrar solvencia operativa (EBITDA positivo o equilibrio) incluso en el escenario pesimista (35-40 % de afluencia). Si tu negocio solo es rentable en el escenario optimista (más del 85 % de aforo continuo), el riesgo de quiebra ante el más mínimo imprevisto es inasumible.

Preguntas frecuentes sobre viabilidad de locales y aforo

¿Qué diferencia hay entre superficie construida y superficie útil?
La superficie construida incluye el grosor de los muros perimetrales, pilares, medianeras y elementos comunes de la finca. La superficie útil es la superficie real interior pisable. A la hora de calcular el aforo del CTE y la capacidad comercial, solo se computan los metros útiles reales. Al negociar el alquiler, exige que el precio por metro cuadrado se calcule sobre metros útiles y no sobre metros construidos hinchados.
¿Se puede ampliar el aforo de un local colocando más mesas o sillas?
No. El aforo legal concedido en la licencia municipal de actividad viene fijado por el proyecto técnico del ingeniero o arquitecto y los cálculos del CTE DB-SI y la evacuación de incendios. Colocar más mesas de las autorizadas constituye una infracción administrativa grave o muy grave según las leyes autonómicas de espectáculos públicos y actividades recreativas, acarreando multas de 3.000 € a más de 30.000 € y clausuras inmediatas en caso de inspección de la Policía Local o Bomberos.
¿Cómo influye la terraza exterior en el aforo y la viabilidad de un bar o restaurante?
La terraza en vía pública se regula mediante una autorización municipal independiente de ocupación de dominio público. No suma aforo a efectos de evacuación interior del local bajo el CTE, pero multiplica sustancialmente la rotación y la facturación en meses de primavera y verano con un coste de tasa municipal muy inferior al coste por metro cuadrado del alquiler interior. Sin embargo, nunca bases la viabilidad de la renta de un local únicamente en la terraza, ya que los ayuntamientos pueden retirar o recortar las licencias de terraza por ordenanzas de ruido o quejas vecinales.
¿Qué es un período de carencia en el alquiler de un local?
Es un pacto contractual mediante el cual el propietario exime al inquilino del pago de la renta (habitualmente entre 1 y 4 meses) mientras se ejecutan las obras de reforma, decoración y tramitación de la licencia municipal previa a la apertura. Negociar una carencia de alquiler es una práctica universal en locales a pie de calle para no quemar tesorería antes de ingresar el primer euro.
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