Calculadora de embargos de nómina (art. 607 LEC)

Límite inembargable, tramos legales y cargas familiares • Laboral
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Inembargabilidad salarial Ley 1/2000 (LEC) Doctrina TEAC pagas extras

Cálculo exacto del embargo sobre el sueldo

Determina con total rigor jurídico la retención mensual que puede practicar un juzgado, la Agencia Tributaria (Hacienda) o la Seguridad Social sobre tu nómina. Aplica la escala oficial por múltiplos del SMI, deducciones legales por cargas familiares y el límite doble en meses de paga extra.

Ejemplos típicos:
Datos de la nómina y embargo
€
€
¿Deuda por pensión de alimentos? Conforme al art. 608 LEC, si la ejecución obedece a impago de alimentos debidos a cónyuge o hijos, no rige esta escala y el juez fija el embargo libremente.
Líquido protegido
1.184,00 €
Base 100 % inembargable (1 SMI)
Embargo mensual
199,80 €
Retención judicial / tributaria
Neto a percibir
1.650,20 €
Ingreso final en cuenta corriente
Tipo efectivo
10,80 %
Porcentaje sobre sueldo neto
Distribución gráfica del sueldo líquido 89,2 % disponible • 10,8 % embargado
Sueldo protegido que cobras
Retención legal por embargo
Desglose pormenorizado por tramos (art. 607.2 LEC) 2 tramos aplicados
Tramo de salario Base en tramo Tipo legal Tipo aplicado Embargo
Total embargo mensual en nómina 199,80 €

Preguntas frecuentes y doctrina oficial del artículo 607 LEC

¿Se calcula el embargo sobre el salario bruto o sobre el líquido?

El apartado 5 del artículo 607 de la LEC establece inequívocamente que el embargo se practica sobre el líquido neto percibido por el trabajador, una vez deducidos los descuentos obligatorios por cotizaciones a la Seguridad Social y retenciones del IRPF.

¿Qué ocurre en los meses de paga extra (junio y diciembre)?

Conforme a la doctrina vinculante del TEAC (Resolución 00/03856/2019) y la Sentencia del Tribunal Supremo 581/2020, en el mes en que se abona la paga extra junto a la nómina ordinaria, el límite inembargable se duplica a 2 SMI, y los tramos sucesivos se calculan igualmente sobre múltiplos dobles.

¿Cómo se pide la rebaja del 10 % al 15 % por cargas familiares?

El ejecutado debe presentar un escrito ante el letrado de la Administración de Justicia del juzgado ejecutor (o ante la AEAT/TGSS) acreditando las personas a su cargo (cónyuge sin ingresos, hijos menores o ascendientes dependientes) para que se dicte diligencia de ordenación reduciendo los porcentajes aplicables.

¿Qué pasa si concurren dos o más embargos sobre la misma nómina?

Rige el principio de prioridad temporal (orden de notificación a la empresa). El primer acreedor embarga hasta el tope legal. Si dicho embargo agota el porcentaje embargable del mes, los embargos posteriores quedan en cola en la empresa hasta la liquidación total del primero.

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