Real Decreto-ley 26/2021 • Ley Reguladora de Haciendas Locales
Calculadora de plusvalía municipal
La ley te permite tributar por el método que te resulte más económico. Compara al instante el método de estimación directa (real) frente al método objetivo.
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Aparece en tu recibo anual del IBI como "Valor suelo".
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Máximo legal: 30 % (fijado por la mayoría de ayuntamientos).
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Valor Suelo ÷ Valor Catastral Total (en recibo IBI).
Método Objetivo
Fórmula del sueloBase: 45.000 € × 0,12 = 5.400,00 €
1.620,00 €
Cuota tributaria a pagar
Método Real (Directo)
Ganancia patrimonialGanancia: +40.000 € • Base suelo: 24.000 €
7.200,00 €
Cuota tributaria a pagar
Opción recomendada: Método Objetivo
Al liquidar por el método objetivo pagarás 1.620,00 € en lugar de 7.200,00 €, logrando un ahorro fiscal de 5.580,00 €.
¿Qué pasa si he vendido con pérdidas?
Si el precio de venta es igual o inferior al precio de compra acreditado en escritura, no existe plusvalía real y el impuesto a pagar es de 0 € (no sujeción por inexistencia de incremento de valor, avalado por el Tribunal Constitucional).
¿Quién paga la plusvalía municipal?
En una compraventa habitual, el sujeto pasivo obligado por ley es el vendedor. En caso de transmisiones a título gratuito (herencias o donaciones), la plusvalía la paga el heredero o donatario.