Calculadora de revalorización de alquileres antiguos

Renta antigua, DT 2ª LAU 1994, repercusión de IBI y obras • Legal y vivienda
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Contratos anteriores al 9 de mayo de 1985 DT 2ª Ley 29/1994 (LAU) Art. 108 LAU 1964 (Obras e interés legal)

Revalorización y liquidación exacta de contratos de renta antigua

Los contratos de vivienda sujetos a prórroga forzosa bajo la LAU de 1964 permiten al arrendador actualizar la renta base mediante los coeficientes oficiales de la Disposición Transitoria Segunda de la LAU 1994, repercutir las obras de conservación o mejora (interés legal del dinero + 3 puntos) y exigir el 100 % del IBI y tasas de basuras. Simula el recibo mensual exigible y genera el preaviso fehaciente para burofax.

Cargar supuestos prácticos habituales:

Actualización de la renta contractual (DT 2ª LAU 1994)

Introduce la renta original del contrato o la última renta legalmente revisada con anterioridad a 1985.

Conversión oficial: 1 € = 166,386 ptas
/ mes
Renta mensual pactada en el contrato o revisada
Regla 2ª, apartado D de la DT 2ª LAU 1994
€
Tope legal: la renta actualizada no puede exceder del 12 % anual
Regla D.7 de la DT 2ª para protección del inquilino
€ / año
Si no superan el SMI, el escalonamiento es a 10 años

Repercusión de obras de conservación y mejora

Conforme al art. 108 de la LAU 1964 y DT 2ª D.10: interés legal del dinero + 3 puntos sobre la inversión neta imputable.

Art. 107 y 108 LAU 1964
€
Importe total acreditado con facturas
€
Deducción obligatoria por ayudas de la administración
%
Coeficiente en división horizontal o m² sobre el total
Fijado imperativamente por el art. 108 LAU 1964
Año de certificación final de obras

Repercusión del IBI, tasas municipales y servicios

Conforme al apartado C.10 de la DT 2ª LAU 1994 y doctrina unificada del Tribunal Supremo.

Si es de todo el edificio, se repartirá por cuota
€ / año
Importe abonado en el recibo municipal
€ / año
Tasa municipal de recogida y tratamiento
€ / año
Alcantarillado, paso de carruajes, etc.
€ / año
Portería, ascensor o limpieza si son repercutibles

Liquidación consolidada del recibo mensual

Resumen cuantitativo del recibo exigible según la fase de escalonamiento y repercusiones legales.

Coeficiente DT 2ª: ×6,95 Escalonamiento ordinario a 5 años
Renta inicial congelada 0,00 € Pactada en el contrato
Renta base actualizada 0,00 € Según fase de escalonamiento
Repercusión por obras 0,00 € Art. 108 LAU 1964 mensual
IBI y tasas mensuales 0,00 € DT 2ª C.10 prorrateado
Total recibo mensual exigible 0,00 €
Diferencia vs renta inicial
+0,00 € +0,0 %

Desglose de conceptos de la mensualidad

Progresión del escalonamiento legal de la renta base

Anualidad % incremento Subida mensual Renta base mensual Renta base anual

Generador de preaviso fehaciente (Burofax con certificación de texto)

Completa los datos formales para generar la notificación preceptiva conforme a la DT 2ª LAU 1994 y art. 108 LAU 1964.

Preguntas frecuentes sobre revalorización de renta antigua (LAU 1964)

¿Qué contratos se consideran de renta antigua en España?
Son los contratos de arrendamiento de vivienda celebrados con anterioridad al 9 de mayo de 1985 (fecha de entrada en vigor del Real Decreto-Ley 2/1985, «Decreto Boyer»), regulados por el Texto Refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964 (Decreto 4104/1964). Están sujetos a prórroga forzosa indefinida a favor del arrendatario.
¿Cómo se actualiza la renta base según la Disposición Transitoria Segunda?
La DT 2ª de la LAU 29/1994 permite al propietario requerir la actualización multiplicando la renta inicial pactada (o la última renta legalmente revisada) por el coeficiente oficial correspondiente al año del contrato. La renta actualizada nunca puede superar el 12 % del valor catastral fijado para el IBI en 1994 y debe escalonarse en 5 anualidades (o 10 anualidades si los ingresos del inquilino no superan los umbrales del SMI).
¿Puede el casero repercutir el 100 % del IBI y las basuras al inquilino?
Sí. La jurisprudencia consolidada de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha establecido con claridad meridiana que, en virtud del apartado C.10 de la DT 2ª de la LAU 1994, el arrendador tiene derecho a exigir al arrendatario el abono del importe íntegro de la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) devengado cada año, así como las tasas por servicios que beneficien al piso (como la recogida de basuras y alcantarillado).
¿Cuánto puede cobrar el arrendador por obras de conservación o mejora?
Conforme al artículo 108 de la LAU 1964 y la DT 2ª D.10, cuando el arrendador efectúa obras de conservación obligatoria (ITE, refuerzo estructural, fachadas) o mejora (instalación de ascensor a cota cero, rampas), puede elevar la renta anual en una cantidad equivalente al interés legal del dinero incrementado en 3 puntos porcentuales (3,25 % + 3 % = 6,25 % en 2026) sobre el capital neto invertido imputable al piso según su cuota de participación.
¿Qué formalidades se exigen para que la subida sea válida?
Es imprescindible una notificación fehaciente por escrito (normalmente mediante Burofax postal con acuse de recibo y certificación de texto o requerimiento notarial), desglosando la renta base actualizada, los importes del IBI y las liquidaciones de obras, poniendo los justificantes y facturas a disposición del arrendatario durante un mes. La nueva renta surte efectos a partir del mes siguiente a la recepción fehaciente.
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