Asistente de nacionalidad española

Requisitos por país, plazos y documentos • Legal
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Ministerio de Justicia • Código Civil español

Guía y evaluador de nacionalidad española por residencia

Calcula con rigor jurídico cuántos años de residencia legal continuada necesitas según tu país de origen y situación familiar, verifica si estás exento del examen DELE y la prueba CCSE del Instituto Cervantes, comprueba que tus ausencias de España no interrumpan el cómputo y genera tu checklist documental personalizado.

Datos del solicitante y situación legal

Actualización instantánea
Determina el plazo de 2 años (Iberoamérica, Filipinas, etc.) o régimen general.
Los supuestos del artículo 22.2 del Código Civil reducen el plazo a 1 año.
Importante: las estancias por estudios no computan como residencia legal.
Otorga dispensa legal oficial de los exámenes CCSE y DELE del Cervantes.

Plazo legal --
Tiempo residido --
Fecha de aptitud --

Calculadora de ausencias y continuidad de residencia

Criterio DGSJFP y Tribunal Supremo

Uno de los principales motivos de denegación por el Ministerio de Justicia es la interrupción de la residencia continuada por pasar demasiado tiempo fuera de España durante el plazo computado. Registra tus viajes internacionales para comprobar si estás dentro de los límites de seguridad jurídica.

Días totales fuera 0 días
Salida más larga 0 días
Límite según tu plazo Máx 90 d
Destino Salida Regreso Duración Motivo Acción

Exámenes del Instituto Cervantes (CCSE y DELE)

Convocatorias oficiales
Prueba CCSE
Conocimientos Constitucionales y Socioculturales
Obligatorio para todos los solicitantes mayores de 18 años (salvo quienes posean el título de ESO, Bachillerato o FP cursado en España). Consta de 25 preguntas tipo test elegidas al azar de un banco oficial de 300 preguntas. Se aprueba con al menos 15 respuestas correctas (60%) en un tiempo máximo de 45 minutos. Su validez es de 4 años.
Diploma DELE A2+
Diploma de Español como Lengua Extranjera
Exige un nivel lingüístico mínimo A2. Están exentos por ley los nacionales de países hispanohablantes donde el español es oficial (Hispanoamérica y Guinea Ecuatorial) y graduados de ESO/FP en España. Obligatorio para nacionales de Brasil, Filipinas, Francia, Italia, Marruecos, EE.UU., etc. Su vigencia es indefinida.

Simulador oficial de entrenamiento CCSE

Pregunta 1 de 25
Categoría Banco Instituto Cervantes

Lista de cotejo documental personalizada

Documentos exactos adaptados a tu país y vía de solicitud. Marca los que ya tengas listos.

Progreso de documentación 0 de 0 (0%)

Hoja de ruta completa: desde la solicitud hasta el DNI

6 fases cronológicas oficiales
1

Fase 1: Preparación documental y superación de exámenes

Solicita con antelación el certificado de nacimiento y el de antecedentes penales de tu país de origen. Recuerda que deben estar apostillados (Apostilla de La Haya) o legalizados por vía diplomática, y traducidos al castellano por un traductor jurado oficial colegiado ante el MAEC si estuvieran en otro idioma. Si tu perfil lo exige, inscríbete y aprueba el CCSE y DELE en el Instituto Cervantes.

Vigencia crítica: El certificado de antecedentes penales suele caducar a los 3 o 6 meses según indique el propio documento o el consulado emisor. No lo solicites con excesiva anticipación.
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Fase 2: Pago de la tasa 790 código 026 y presentación telemática

Abona la tasa oficial del Ministerio de Justicia (104,05 € para 2026) a través de tu entidad bancaria o telemáticamente. Presenta la solicitud de forma 100% telemática en la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia utilizando tu certificado digital o Cl@ve PIN, o mediante abogado o gestor administrativo habilitado con convenio oficial.

Número R: Tras firmar y enviar el formulario, descarga el justificante de registro con el número de expediente oficial (R-XXXXX/año) y el código seguro de verificación (CSV).
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Fase 3: Estados de tramitación en «Cómo va lo mío»

El expediente pasa por diversas etapas oficiales: Abierto - Registrado → Pendiente de solicitud de informes preceptivos (CNI, Policía Nacional, Registro Central de Penados) → Pendiente de respuesta de informes → En estudio / En calificación → Concedido.

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Fase 4: Silencio administrativo y recurso contencioso

La ley otorga al Ministerio de Justicia un plazo máximo de 1 año para resolver el expediente. Si transcurrido un año desde la presentación no hay resolución expresa, opera el silencio administrativo negativo. En ese momento, puedes interponer una demanda contencioso-administrativa ante la Audiencia Nacional mediante abogado y procurador para forzar la resolución acelerada en pocos meses.

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Fase 5: Notificación y acto formal de la jura (plazo de 180 días)

Una vez notificada la resolución de concesión, dispones de un plazo improrrogable de 180 días naturales para comparecer y realizar el juramento o promesa de fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes. Puede realizarse en el Registro Civil de tu domicilio o ante Notario colegiado (vía más rápida sin colas).

Atención: Si no realizas la jura dentro de los 180 días naturales desde la notificación, la concesión caduca por ley y se pierde el derecho.
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Fase 6: Inscripción registral, DNI, pasaporte y certificado de concordancia

Tras la jura, el Registro Civil emite tu partida literal de nacimiento española con la mención de adquisición de la nacionalidad. Con ella, solicitas cita previa en la Policía Nacional para expedir tu DNI y pasaporte español en el mismo momento. Por último, solicita en la misma comisaría el certificado de concordancia NIE-DNI para actualizar tus datos ante la Agencia Tributaria (Hacienda), Seguridad Social, Dirección General de Tráfico (DGT), bancos y ayuntamiento.

Preguntas frecuentes y marco jurídico

Normativa y jurisprudencia
Por regla general se exigen 10 años de residencia legal continuada. Sin embargo, para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y personas de origen sefardí, el plazo se reduce a solo 2 años. Se reduce a 5 años para personas con estatuto de refugiado reconocido, y a solo 1 año para cónyuges de españoles tras un año de matrimonio y convivencia, personas nacidas en España o descendientes de originariamente españoles.
No. La estancia por estudios, investigación o voluntariado es una autorización de estancia y no de residencia legal. Para que el tiempo compute de cara a la nacionalidad española debe tratarse de una autorización de residencia legal y continuada (tarjeta de residencia inicial, temporal, comunitaria o de larga duración).
Del examen de lengua DELE están exentos automáticamente los nacionales de países donde el español es idioma oficial (Hispanoamérica y Guinea Ecuatorial) y quienes hayan superado en España estudios de ESO, Bachillerato o Formación Profesional. De la prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales (CCSE) solo están exentos quienes hayan obtenido en España un título de ESO, Bachillerato, FP o carrera universitaria.
Para plazos de 1 o 2 años, ninguna salida individual puede superar los 3 meses consecutivos, y el cómputo total de salidas en dicho periodo no debe sobrepasar los 3 meses. Para el régimen general de 10 años, ninguna salida individual debe superar los 6 meses y el total acumulado en los 10 años no debe exceder de 10 meses.
No están obligados a renunciar los nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y Francia (por convenio bilateral). Los nacionales del resto de países deben declarar la renuncia formal en el acto de la jura ante Notario o Registro Civil, si bien la eficacia real de dicha renuncia depende del ordenamiento constitucional de su país de origen.
Es fundamental mantener la residencia legal durante todo el tiempo que dure la tramitación. Si tu TIE vence, debes solicitar su renovación en los plazos reglamentarios (60 días antes o 90 días después de la fecha de caducidad). Estar en trámite de renovación mantiene la validez legal y no interrumpe el expediente de nacionalidad.
Sí. El Código Civil exige acreditar «buena conducta cívica». Aunque no tengas condena penal firme, los informes policiales desfavorables por detenciones o diligencias abiertas pueden fundamentar una denegación. Es imprescindible cancelar los antecedentes policiales ante la Dirección General de la Policía y la Guardia Civil antes de presentar la solicitud.
Los hijos menores pueden solicitarla por residencia si cumplen el plazo legal individualmente, pero la vía más habitual y económica es esperar a que el progenitor obtenga la nacionalidad española y luego tramitar la nacionalidad por opción para los hijos que se encuentren bajo su patria potestad (artículo 20 del Código Civil), trámite mucho más rápido y sin tasas del Ministerio de Justicia.