Desbrozadora potente para mantenimiento de cubiertas en leñosos
Control mecánico de la cubierta viva entre calles sin voltear el suelo, respetando los meses de veda de laboreo de la PAC.
Ver en Amazon Buscar más modelos similaresAudita el cumplimiento de los compromisos técnicos obligatorios exigidos por el Real Decreto 1048/2022 y estima el importe de ayuda por hectárea con la degresividad oficial por tramos del FEGA.
La explotación supera satisfactoriamente los controles normativos.
| Concepto de ayuda | Superficie | Precio unitario | Total calculado |
|---|
Equipamiento agrícola recomendado para cumplimiento de cubiertas vivas, inertes y comprobación de franjas de no laboreo.
Control mecánico de la cubierta viva entre calles sin voltear el suelo, respetando los meses de veda de laboreo de la PAC.
Ver en Amazon Buscar más modelos similaresTrituración y distribución de sarmientos y restos de poda sobre las calles para cumplir el compromiso de cubierta inerte sin quemas.
Ver en Amazon Buscar más modelos similaresComprobación milimétrica de anchuras de calle, franja mínima de 1 metro y márgenes de biodiversidad ante inspecciones de campo.
Ver en Amazon Buscar más modelos similaresMedición rápida de perímetros de barbecho, linderos e islas de vegetación para el cuaderno digital de explotación (CUE / SIEX).
Ver en Amazon Buscar más modelos similaresLos ecorregímenes son pagos directos anuales por hectárea concedidos a los agricultores y ganaderos que se comprometan voluntariamente a realizar prácticas beneficiosas para el medio ambiente y el clima. Se fundamentan en el Real Decreto 1048/2022 y abarcan compromisos concretos para tierras de cultivo, cultivos leñosos y pastos permanentes.
Los ecorregímenes son intervenciones voluntarias anuales remuneradas dentro del Plan Estratégico de la PAC (PEPAC 2023-2027) de España. Suponen aproximadamente el 23 % del presupuesto total de las ayudas directas (más de 1.100 millones de euros anuales). Compensan a los agricultores y ganaderos por aplicar prácticas agronómicas y ambientales beneficiosas para el suelo, el clima y la biodiversidad que van más allá de la condicionalidad reforzada.
Para cobrar el ecorrégimen P3 en tierras de cultivo (secano o regadío), debes rotar (cambiar de especie) al menos el 50 % de la superficie declarada cada año (o el 33 % en aquellas comunidades autónomas que hayan activado la flexibilización). Además, al menos el 10 % de la superficie acogida debe estar sembrada con especies mejorantes, y de ese 10 %, al menos la mitad (un 5 % del total del ecorrégimen) deben ser leguminosas para grano o forraje (reducido al 2,5 % en secanos semiáridos). El barbecho agronómico no puede superar el 20 % (o 40 % en zonas áridas).
En cubiertas vegetales vivas (P6), se exige una franja vegetal continua de al menos 1 metro de anchura o el 40 % de la calle libre entre copas durante el otoño-invierno (mínimo 4 meses). Está tajantemente prohibido el laboreo convencional entre abril/mayo y septiembre, debiendo realizar el control exclusivamente con desbrozadora o segadora y dejando los restos como acolchado. En cubiertas inertes de poda (P7), los restos de sarmientos o ramas deben triturarse y distribuirse en una franja de mínimo 1 metro en las calles, prohibiéndose su quema y el laboreo sobre la franja protegida.
Para favorecer a las explotaciones familiares de tamaño medio y pequeño, la ayuda se divide en dos tramos. El Tramo 1 se aplica con el importe unitario completo sobre las primeras hectáreas hasta alcanzar el umbral de la práctica (por ejemplo, 15 ha en leñosos, 25 ha en regadío, 65 ha en pastos húmedos, 70 ha en secano o 95 ha en pastos mediterráneos). A partir de dicho umbral, las hectáreas excedentes entran en el Tramo 2, cobrando un importe unitario degresivo (habitualmente un 30 % menor).
El incentivo oficial de plurianualidad (+25,00 €/ha) se abona a los productores que mantengan de forma consecutiva la misma práctica en las mismas parcelas que en la campaña anterior. Es aplicable exclusivamente a la siembra directa en tierras de cultivo (P4), a las cubiertas vegetales vivas en leñosos (P6) y a las cubiertas inertes de restos de poda (P7).
En pastos húmedos (cornisa cantábrica y zonas de alta pluviometría), la carga debe situarse entre 0,40 y 2,00 UGM/ha (mínimo rebajable a 0,20 UGM/ha en zonas de montaña). En pastos mediterráneos (pastos secos y dehesas), la horquilla obligatoria es de 0,20 a 1,20 UGM/ha (mínimo flexibilizable a 0,10 UGM/ha en zonas semiáridas). Además, el pastoreo efectivo con animales propios debe realizarse durante un mínimo de 90 a 120 días anuales.
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