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Escritos formales para bancos, telecos, seguros y comercio • Documentos
Verifica al instante la URL de cualquier casa de apuestas, casino online o sala de póquer. Comprueba si está legalmente supervisada por el Estado o si figura en la lista negra de dominios ilegales bloqueados judicialmente.
Pega la dirección web completa o el nombre de dominio para comprobar su licencia estatal en la DGOJ, garantías de cobro o si figura en la lista de bloqueo judicial.
Conforme al artículo 39.a) y 47 bis de la Ley 13/2011, la DGOJ incoa expedientes sancionadores con multas de 5.000.000 de euros, inhabilitaciones y requerimientos de bloqueo técnico de DNS e IP a los operadores de telecomunicaciones españoles para cortar el acceso a chiringuitos de juego clandestinos.
| Plataforma / Operador | Dominios no autorizados | Jurisdicción offshore | Infracción y sanción DGOJ | Motivo legal |
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| Cargando catálogo de sanciones... | ||||
Aprende a identificar plataformas seguras, proteger tu dinero y ejercer tus derechos frente a operadores online.
Para operar legalmente, la empresa debe obtener una licencia general y las licencias singulares correspondientes expedidas por la Dirección General de Ordenación del Juego (DGOJ). Además, está obligada por ley a prestar sus servicios a residentes en España exclusivamente bajo un dominio con terminación «.es», lucir los sellos oficiales de «Juego Seguro» y «Jugar Bien», auditar periódicamente sus sistemas técnicos y generadores aleatorios (RNG), y garantizar la segregación de cuentas bancarias en la Unión Europea.
La segregación de fondos es una garantía legal obligatoria que impide a las casas de apuestas mezclar el dinero depositado por los usuarios con el capital corporativo de la compañía. Todos los saldos de los clientes deben estar depositados en cuentas bancarias protegidas en entidades de crédito del Espacio Económico Europeo, de modo que si la empresa entra en concurso de acreedores o insolvencia, tu saldo permanece intacto e inembargable.
La Ley 13/2011 establece el principio de reserva de dominio territorial «.es». Aunque una casa de apuestas internacional sea muy conocida en el extranjero o posea licencia en Curaçao, Malta o Reino Unido, si no ha superado el procedimiento de homologación ante la DGOJ y no opera bajo un «.es» aprobado, no puede ofrecer servicios a usuarios en España. Estas plataformas no tributan en España, no respetan los registros de autoexclusión y su software no está homologado por las autoridades españolas.
El RGIAJ es el registro oficial gestionado por el Ministerio de Consumo mediante el cual cualquier ciudadano puede inscribirse voluntariamente para autoexcluirse del juego. Todos los operadores legales con licencia en España tienen la obligación técnica de contrastar en tiempo real sus bases de datos con el RGIAJ antes de permitir el inicio de sesión o la realización de apuestas, bloqueando de forma inmediata el acceso a las personas inscritas.
Si sufres una retención injustificada o impago por parte de un operador autorizado, el primer paso es presentar una reclamación formal por escrito ante su servicio de atención al cliente (guardando copia y número de incidencia). Si en el plazo de un mes no responden o su respuesta es insatisfactoria, puedes acudir al Servicio de Reclamaciones de la DGOJ a través de su Sede Electrónica oficial (sede.ordenacionjuego.gob.es) aportando las pruebas. Asimismo, al tratarse de operadores legales, sus contratos están sujetos a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de tu domicilio en España.
El artículo 39.a) de la Ley 13/2011 califica como infracción muy grave la organización o explotación de juegos dirigidos al mercado español sin licencia. Estas conductas conllevan multas que oscilan habitualmente entre 1.000.000 y 5.000.000 de euros por expediente, inhabilitación temporal por 2 años y órdenes vinculantes de bloqueo de dominios (bloqueo por DNS e IP) comunicadas a Telefónica, Vodafone, Orange, Digi y demás proveedores de internet en España.