Auditoría legal de brecha salarial
Calcula el porcentaje de brecha retributiva bruta y desglosada por grupos profesionales conforme al Real Decreto 902/2020 y al art. 28.3 del Estatuto de los Trabajadores. Detecta desviaciones superiores al umbral del 25 % que exigen justificación documental ante la representación legal de las personas trabajadoras.
Registro salarial por grupos profesionales o puestos
Indica para cada categoría o grupo de igual valor el número de efectivos y las retribuciones medias brutas anuales (salario base y complementos).
| Grupo / Puesto | Hombres | Mujeres | Brecha (%) | |||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Denominación | N.º | Base (€) | Compl. (€) | N.º | Base (€) | Compl. (€) | ((H - M) / H) | |
Preguntas frecuentes sobre el registro retributivo y brecha salarial
¿Qué empresas están obligadas a realizar el registro salarial en España?
Conforme al artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores y al Real Decreto 902/2020, todas las empresas, sin excepción por número de personas trabajadoras (incluso las de menos de 10 trabajadores), tienen la obligación legal de disponer de un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.
¿Cuándo es obligatoria la auditoría retributiva?
La auditoría retributiva es obligatoria para todas las empresas que elaboren un plan de igualdad (aquellas con 50 o más personas trabajadoras, o cuando así lo exija el convenio colectivo aplicable). Tiene una vigencia vinculada a la del propio plan de igualdad y exige una valoración técnica de los puestos de trabajo mediante criterios de adecuación, totalidad y objetividad.
¿Por qué es crítico el umbral del 25 %?
El artículo 28.3 del Estatuto de los Trabajadores estipula que en empresas de 50 o más trabajadores, si el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo es superior a los del otro en un 25 % o más (tomando el conjunto de la masa salarial o las percepciones por grupos profesionales), la empresa debe incorporar en el documento del registro una justificación fehaciente de que dicha discrepancia responde a causas objetivas no vinculadas al género.
¿Cómo se calcula técnicamente la brecha salarial?
La brecha no ajustada se calcula mediante el porcentaje que representa la diferencia de retribución media entre hombres y mujeres sobre la retribución media de los hombres: ((Retribución hombres - Retribución mujeres) / Retribución hombres) × 100. Un porcentaje positivo indica que los hombres perciben más de media; un valor negativo refleja que las mujeres perciben una cuantía superior.